La DGT aclara el cálculo de retenciones IRPF en salarios variables anuales
Retenciones de IRPF y salarios variables
La DGT aclara cómo deben calcularse las retenciones en nóminas con ingresos fluctuantes
La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido la consulta vinculante V0131-26, de 27 de enero de 2026, en la que analiza el tratamiento de las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicables a trabajadores por cuenta ajena cuyas retribuciones presentan importantes diferencias entre unas mensualidades y otras.
La cuestión fue planteada por una de las partes del procedimiento para determinar si las retenciones debían calcularse atendiendo a los importes efectivamente percibidos en cada nómina o si debía aplicarse otro criterio cuando una parte significativa de la remuneración es variable.
La previsión anual de ingresos es el elemento determinante
La DGT recuerda que el sistema de retenciones del IRPF tiene una naturaleza esencialmente anual. Por este motivo, el cálculo del porcentaje de retención no depende exclusivamente del salario abonado en un mes concreto.
El artículo 83.2 del Reglamento del IRPF establece que la cuantía total de las retribuciones debe determinarse considerando todas las cantidades que previsiblemente percibirá el trabajador durante el año natural. Esta previsión incluye tanto las retribuciones fijas como las variables.
Desde una perspectiva técnica, la norma introduce una presunción relevante: las retribuciones variables previsibles no podrán ser inferiores a las obtenidas durante el ejercicio anterior, salvo que existan circunstancias objetivas que acrediten una disminución.
Esta previsión persigue evitar situaciones de infrarretención que puedan provocar importantes regularizaciones en la declaración anual del impuesto.
La regularización es una obligación legal
Uno de los aspectos más relevantes de la consulta es la referencia expresa al artículo 87 del Reglamento del IRPF.
La DGT recuerda que cuando las circunstancias económicas inicialmente previstas se modifican durante el ejercicio, el pagador debe regularizar el tipo de retención.
Esta obligación puede surgir por múltiples causas, entre ellas incrementos salariales, modificaciones de categoría profesional, cambios en sistemas de incentivos o cualquier circunstancia que altere de forma significativa la previsión anual de ingresos.
La regularización exige recalcular la cuota de retención teniendo en cuenta las nuevas circunstancias y descontar las cantidades ya retenidas para obtener un nuevo porcentaje aplicable al resto de retribuciones pendientes de pago.
Implicaciones para empresas y trabajadores
La consulta resulta especialmente relevante para sectores donde predominan las comisiones, bonus por objetivos, incentivos comerciales o sistemas de remuneración variable.
Las empresas deberán revisar periódicamente las previsiones salariales utilizadas para calcular las retenciones y ajustar los porcentajes cuando las circunstancias reales difieran de forma significativa de las inicialmente previstas.
Por su parte, los trabajadores pueden solicitar voluntariamente la aplicación de un tipo superior al legalmente exigible para evitar ajustes futuros en su declaración de la renta.
Seguridad jurídica en la gestión de nóminas
La interpretación de la DGT confirma que la normativa no permite calcular las retenciones atendiendo exclusivamente a la nómina mensual. El sistema exige una estimación razonable de los ingresos anuales y la posterior regularización cuando las previsiones iniciales se aparten de la realidad.
Con esta consulta, la Administración refuerza la finalidad de las retenciones como mecanismo de pago anticipado del impuesto y aporta seguridad jurídica a empresas y trabajadores en la gestión de retribuciones variables.


