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El Tribunal Supremo frena la expulsión de un ciudadano extranjero

12/03/2025

El Tribunal Supremo ha anulado la expulsión de un ciudadano paraguayo que residía en España de manera irregular. La decisión se basa en la falta de justificación por parte de la Administración, que no acreditó la existencia de circunstancias agravantes que justificaran la imposición de esta medida.

Falta de motivación en la resolución de expulsión

La Delegación del Gobierno argumentó la expulsión citando antecedentes policiales genéricos, sin aportar pruebas concretas sobre el resultado de dichas detenciones ni su relevancia para valorar la peligrosidad del afectado. Sin embargo, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Constitucional establecen que estas menciones imprecisas no pueden ser la base para agravar la sanción hasta la expulsión.

La Ley de Extranjería y los requisitos para la expulsión

·       La Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería contempla dos posibles sanciones ante la permanencia irregular: Multa como medida principal.

·       Expulsión, solo en casos en los que concurran factores agravantes debidamente acreditados.

El Tribunal Supremo reitera que la expulsión no puede aplicarse de forma automática y que la Administración debe justificar su necesidad mediante un análisis de proporcionalidad. En este caso, la simple referencia a antecedentes policiales sin una sentencia condenatoria no cumple con los requisitos exigidos para aplicar la expulsión.

El principio de proporcionalidad en las sanciones

El Tribunal destaca la importancia de que la Administración valore de manera individualizada las circunstancias personales y familiares del afectado antes de imponer la expulsión. Además, subraya que toda resolución debe estar debidamente motivada y respetar los principios de proporcionalidad y adecuación a la situación concreta.

Conclusión: la expulsión debe estar debidamente justificada

Dado que en este caso no se acreditaron circunstancias agravantes ni se justificó la proporcionalidad de la medida, el Tribunal Supremo ha anulado la expulsión. Con esta sentencia, se refuerza la doctrina jurisprudencial que impide la aplicación automática de esta sanción y exige una motivación específica para su imposición.