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La tarjeta de embarque como prueba | El TJUE refuerza los derechos de los pasajeros

07/03/2025

El TJUE avala la tarjeta de embarque como prueba suficiente de reserva confirmada

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia clave en la protección de los derechos de los pasajeros aéreos. En ella, establece que la tarjeta de embarque es una prueba suficiente de que un pasajero tiene una reserva confirmada, sin necesidad de aportar documentación adicional.

Este fallo, basado en la interpretación del Reglamento (CE) n.º 261/2004, refuerza las garantías de los viajeros ante retrasos, cancelaciones y denegaciones de embarque, facilitando el proceso de reclamación y reduciendo las trabas impuestas por las aerolíneas.

La tarjeta de embarque: prueba clave sin necesidad de documentos adicionales

El TJUE ha dejado claro que la presentación de la tarjeta de embarque es suficiente para acreditar la reserva confirmada de un pasajero, salvo en casos excepcionales.

Este pronunciamiento impide que las aerolíneas exijan pruebas adicionales, como correos de confirmación o justificantes de pago, cuando un pasajero reclama una compensación por una incidencia en su vuelo. De este modo, la sentencia refuerza los derechos de los viajeros y evita que se les impongan requisitos innecesarios que dificulten el ejercicio de sus derechos.

Las aerolíneas tienen la carga de la prueba

Otro punto clave de la sentencia es la inversión de la carga de la prueba. A partir de ahora, si una aerolínea alega que un pasajero no tenía una reserva válida o que viajaba con un billete gratuito o con descuento especial, es la compañía aérea quien debe demostrarlo.

Esto supone un cambio significativo en favor de los pasajeros, quienes ya no tendrán que demostrar que su billete les otorga derecho a compensación; será la aerolínea la que deberá justificar cualquier exclusión.

Consecuencias del fallo del TJUE

Con esta decisión, el TJUE refuerza la protección de los pasajeros y simplifica las reclamaciones frente a las aerolíneas. En resumen:

·       La tarjeta de embarque es suficiente para demostrar una reserva confirmada.

·       Las aerolíneas no pueden exigir documentos adicionales, salvo en circunstancias excepcionales.

·       La carga de la prueba recae en la aerolínea, no en el pasajero.

Esta sentencia fortalece la seguridad jurídica de los pasajeros y evita que las aerolíneas establezcan barreras injustificadas para el reconocimiento de sus derechos.