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El TJUE aclara que los animales de compañía son considerados equipaje en el transporte aéreo

16/10/2025

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia respecto a la consideración de los animales de compañía como parte del equipaje en el ámbito del transporte aéreo. Este fallo se origina de un caso en el que un perro se extravió durante un vuelo de Iberia desde Buenos Aires a Barcelona, lo que ha generado importantes implicaciones legales sobre la responsabilidad del transportista aéreo.

Responsabilidad del transportista aéreo

La cuestión fue planteada por un tribunal español que buscaba esclarecer si los animales de compañía podían ser clasificados como «equipaje» conforme al Convenio de Montreal de 1999, que establece regulaciones para el transporte aéreo internacional. En su resolución, el TJUE determinó que los animales de compañía no están excluidos de la definición de «equipaje» en este contexto.

Interpretación del concepto de «equipaje»

El tribunal europeo argumentó que, aunque el término «equipaje» generalmente se refiere a objetos, esto no excluye a los animales de compañía. Por lo tanto, estos pueden ser considerados equipaje cuando viajan junto a sus propietarios. Según el Convenio de Montreal, el transporte aéreo internacional incluye a personas, equipaje y carga. Dado que un animal de compañía no puede ser clasificado como una «persona» o «pasajero», el TJUE concluyó que debe ser incluido en la categoría de equipaje. Esto implica que la responsabilidad del transportista por la pérdida de un animal se rige por las mismas normas que se aplican al equipaje facturado.

Límite de responsabilidad y declaración de valor

El TJUE también enfatizó que, en ausencia de una declaración especial sobre el valor del equipaje en el destino, el límite de responsabilidad del transportista abarca tanto el daño material como el moral. Si un pasajero considera que este límite es insuficiente, tiene la opción de realizar una declaración especial, previo pago de una tarifa adicional, para establecer un monto de indemnización más elevado.

Protección del bienestar animal

A pesar de que el bienestar animal es un objetivo reconocido de interés general por la Unión Europea, tal como se establece en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la UE, esto no impide que los animales de compañía sean considerados equipaje en términos de responsabilidad civil. Sin embargo, es esencial que se respeten las normativas y requisitos relacionados con su bienestar durante el transporte.